MARCHA ATLETICA
Lo
primero, conozcamos el reglamento
ARTICULO 230 DEL MANUAL IAAF 2002 –20031. Definición de marcha atlética La marcha atlética es una progresión de pasos de manera tal que el marchador se mantenga en contacto con el suelo, a fin de que no se produzca pérdida de contacto visible (a simple vista). La pierna que avanza tiene que estar recta, es decir no doblada en la rodilla, desde el momento del primer contacto con el suelo hasta que se halle en posición vertical. 2.
Jueces a)
Los jueces de marcha designados elegirán juez jefe, si dicho juez no ha
sido nombrado con anterioridad. En las competiciones a las que se refiere el
artículo 12.1 a, b, c, d, el juez jefe tiene la facultad de descalificar a un
competidor solamente desde el circuito hasta el estadio, o en los últimos 100
metros cuando la prueba tenga lugar únicamente en la pista o en recorrido en
carretera, cuando por su modo de progresar el competidor infringe obviamente el
punto 1 anterior, sin tener en cuenta si ha recibido advertencias con
anterioridad. b)
El Juez jefe actuará como
supervisor oficial de la competición y solamente actúa como juez en la
situación especial señalada en el apartado (a) en competiciones organizadas
según el artículo 12.1 (a) de la IAAF. En
competiciones organizadas bajo el artículo 12.1 a, b, c de la IAAF, un máximo
de dos adjuntos del juez jefe pueden ser designados por el Comité Organizador
local después de consultar al juez jefe y a los delegados técnicos. El/los
asistentes del juez jefe ayudarán en las notificaciones de las
descalificaciones solamente y no actuarán como jueces de marcha. c)
Todos los jueces actuarán individualmente y sus juicios se basarán en
observaciones hechas a simple vista. d)
En competiciones organizadas según el artículo 12.1 (a) de la IAAF,
todos los jueces serán miembros del panel de jueces internacionales de marcha
(Nivel III de la IAAF). En competiciones organizadas según el artículo 12.1
(b) y (c) todos los jueces serán miembros del panel de jueces internacionales
de marcha de los niveles II o III de la IAAF. e)
En pruebas en carretera, normalmente deberá de haber un mínimo de 6
hasta un máximo de 9 jueces, incluyendo el juez jefe. f)
En pruebas en pista, normalmente deberá haber 6 jueces, incluido el juez
jefe. g)
En las competiciones organizadas según el artículo 12.1 (a) un solo
juez de cada país puede ser invitado a oficiar. h)
En todas las competiciones organizadas por el artículo 12.1 (a) (b) (c)
un oficial a cargo del tablero de anuncios de advertencias y un secretario del
juez de marcha serán nombrados por el Comité Organizador después de consultar
con el juez jefe de marcha y los delegados técnicos. 3. Avisos Los
competidores tienen que ser avisados cuando, por su modo de progresión corren
el riesgo de incumplir el párrafo 1 de este artículo. No podrán ser objeto de
un segundo aviso del mismo juez por la misma infracción. Habiendo avisado a un
competidor, el juez tiene que informar de esta acción al juez jefe después de
la competición. 4.
Advertencia y descalificación a)
Se llama advertencia a la propuesta de descalificación de cada juez. Se
le dará una advertencia al competidor que por su manera de progresión, deja de
cumplir con el articulo 230.1 por pérdida de contacto o por doblar la rodilla
durante cualquier parte de la competición. b)
Un competidor que reciba tres advertencias provenientes de tres jueces
diferentes, es descalificado y será informado de su descalificación por el
juez jefe o por el asistente del juez jefe. c)
En todas las competiciones, ya sean controladas directamente por la IAAF
o se desarrollen con su autorización, en ninguna circunstancia dos jueces de la
misma nacionalidad tendrán la facultad de descalificar. d)
Si fuera prácticamente imposible informar al competidor de su
descalificación durante la prueba, dicha descalificación se notificará tan
pronto como sea posible después de que el competidor haya finalizado la prueba.
El incumplimiento en dar notificación con prontitud no tendrá como resultado
la recalificación del atleta descalificado. e)
Un indicador amarillo con el símbolo de la infracción a cada
lado, tiene que mostrarse al competidor cuando se da un aviso. Un indicador rojo
simboliza la descalificación del competidor. Este es utilizado por el juez jefe
para informar a los competidores de su descalificación. Los atletas también
pueden ser informados de su descalificación por el asistente del juez jefe. f)
En las pruebas en pista un competidor que es descalificado tiene que
abandonar la pista inmediatamente y, en las pruebas en carretera, el marchador
inmediatamente después de ser descalificado, se quitará los números de
identificación y saldrá del circuito(ruta). Un competidor descalificado que
incumpla la obligación de abandonar el circuito o pista puede estar expuesto a
otras acciones disciplinarias adicionales de acuerdo con el artículo 53.1
(viii) de la IAAF. g)
Se debe colocar un tablero de anuncios de advertencias en el circuito y
cerca de la llegada con el objeto de mantener informados a los competidores
sobre el número de advertencias que han sido dadas a cada competidor. h)
En todas las competiciones del artículo 12.1 (a) aparatos informáticos
portátiles con capacidad de transmisión deben ser utilizados por los jueces
para comunicar todas las advertencias al Secretario y al/ o los tableros de
anuncios de advertencias. 5. La Salida La
salida de la prueba se dará por medio de un disparo de pistola. Se utilizarán
para la salida las mismas voces que para las carreras de larga distancia. En
donde haya gran número de competidores deberá darse un aviso cinco minutos
antes de la salida, así como otros avisos si fuera necesario. En competiciones
por equipos se proveerán puestos de salida. 6.
Seguridad y condiciones
médicas a)
El Comité organizador de las pruebas de marcha garantizará la seguridad
de los competidores y de los oficiales. En las competiciones de marcha a que se
refiere el artículo 12.1 a, b y c, los organizadores se asegurarán que las
carreteras que han de utilizarse para la competición sean cerradas al tráfico
motorizado en todos los sentidos. b)
En las competiciones a las que se refiere el artículo 12.1 a, b,c, las
pruebas se programarán de forma que comiencen y finalicen con luz del día. c)
Un examen médico sobre el terreno durante el desarrollo de una prueba
realizado por personal médico designado y claramente identificado por el
Comité Organizador, no será considerado como ayuda. d)
Un competidor tiene que retirarse inmediatamente de la prueba si así lo
ordenara un miembro del equipo médico oficial, designado por el Comité
Organizador. Dicho personal estará claramente identificado por brazaletes,
petos u otra indumentaria similar que le distinga. 7. Puestos de esponjas/bebidas y avituallamientos a)
En la salida y llegada de todas las carreras habrá agua y otros
refrescos apropiados. b)
Para todas las pruebas hasta 10
Km se pondrán puestos de esponjas/bebidas con intervalos
apropiados en función de las condiciones climatológicas. c)
Para todas las pruebas de 10
km o más se pondrán puestos de avituallamientos en cada vuelta. Además, se
instalarán puestos de esponjas/bebidas donde se facilitará únicamente agua,
aproximadamente a mitad del camino entre los puestos de avituallamiento o con
más frecuencia en función de las condiciones climatológicas. d)
Los avituallamientos, que pueden suministrarse bien sea por el
organizador o por los atletas, se colocarán en los puestos de tal manera
que los competidores tengan fácil acceso a ellos, o puedan ser
entregados en sus manos por personas autorizadas. e)
Un competidor que tome avituallamientos en cualquier otro lugar distinto
a los puestos asignados, se expone a ser descalificado. f)
En competiciones organizadas según el artículo 12.1 a, b, c, un máximo
de dos representantes de cada país pueden situarse detrás de la mesa de
avituallamiento al mismo tiempo. Bajo ninguna circunstancia puede un
representante oficial correr al lado del atleta mientras éste esté tomando su
avituallamiento. 8.
Circuitos en carretera a)
En las competiciones a que se refiere el articulo 12.1 a, b y c, el
circuito será de un máximo de 2,5 Km y un mínimo de 2 Km. En las
competiciones con salida y llegada en el estadio, el circuito deberá estar lo
más cerca posible del estadio. b)
Los circuitos en carretera serán medidos de acuerdo al artículo 240.3 9
En competiciones de 20 km o más, un competidor
podrá abandonar la carretera o la pista con el permiso y bajo la supervisión
de un juez, siempre y cuando la distancia a recorrer no sea disminuida al
abandonar la carretera o pista. 10.
Transpondedor (chips). La utilización
del sistema de cronometraje con transpondedor (chips) para las carreras en ruta
según el artículo 12.1 f, g y h está autorizado a condición de que: a)
El sistema no demande ninguna acción por parte del atleta durante la
competición, sobre la línea de llegada o toda línea prevista para registrar
tiempos b)
La resolución sea de 0,1 segundo. c)
El peso del chip y su caja llevados en el vestuario del corredor o en su
dorsal o en su calzado sea insignificante. d)
Ningún material utilizado a lo largo del recorrido en la línea de
llegada constituya un obstáculo significativo o una barrera en la progresión
del atleta. e)
El sistema, incluida la utilización de sus elementos y especificaciones
técnicas, sea aprobado por el Comité Técnico de la IAAF. f)
El sistema sea puesto en marcha por la pistola del Juez de Salidas o por
aparato de salida aprobado. g)
La determinación del tiempo oficial del vencedor esté acorde al
artículo 165. Nota.- Para todas las carreras y pruebas de marcha en ruta el tiempo oficial será el transcurrido entre el pistoletazo de salida y el paso del atleta sobre la línea de llegada. Sin embargo, si un atleta traspasa la línea de salida después del pistoletazo de salida, su tiempo realizado entre las líneas de salida y llegada puede serle comunicado, pero no será considerado como tiempo oficial. El orden en el que los atletas crucen la línea de llegada será considerado como la clasificación oficial.
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